Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) estableció que todos los datos relacionados con decisiones reproductivas, incluida la decisión de interrumpir voluntariamente un embarazo, son datos sensibles y su tratamiento debe ser confidencial y contar con la autorización del titular. La determinación se adoptó tras estudiar una queja por hechos ocurridos en agosto de 2022 en el Hospital Departamental San Antonio de Padua.
La reclamación fue presentada por una paciente que alegó que, pese a haber pedido expresamente que su información no fuera compartida, el centro médico remitió datos contenidos en su historia clínica a la Asociación Indígena del Cauca, entidad promotora de salud indígena a la que estaba afiliada.
La SIC concluyó que la información vinculada a decisiones reproductivas requiere un tratamiento especial por su naturaleza sensible, lo que impone obligaciones de confidencialidad a las instituciones que manejan historias clínicas y otros registros sanitarios.
El caso subraya la necesidad de que prestadores de salud y entidades afiliadas respeten la autonomía y la privacidad de las personas en procesos relacionados con la salud reproductiva, garantizando mecanismos claros de autorización para el intercambio de información.
La resolución refuerza el marco de protección de datos personales en el ámbito sanitario y recuerda a las instituciones su responsabilidad de custodiar la información que afecta derechos fundamentales de las pacientes.


