El Tribunal Administrativo de Norte de Santander declaró la nulidad de las actuaciones surtidas dentro de una acción popular relacionada con los servicios públicos en Ocaña y sancionó por desacato al alcalde Emiro Cañizares Plata.

La decisión se derivó de la acción popular instaurada por el abogado Henry Pacheco Casadiego, tras la cual el Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito de Cúcuta dio inicio a un incidente de desacato contra el mandatario local.

En el fallo se impuso una sanción por desacato a la sentencia que ordenaba la retoma de las actuaciones de la Empresa de Servicios Públicos y la convocatoria de una licitación pública para concesionar su operatividad.

El tribunal sostuvo que, durante varios años, no se dio cumplimiento a la orden impartida por el alto tribunal y determinó que el mandatario local debe responder con una multa de 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes, considerada la máxima prevista en la Ley 472 de 1998.

Además, la resolución obliga a garantizar la continuidad en la prestación de los servicios de agua y alcantarillado para toda la comunidad ocañera.

El fallo persigue restablecer la prestación efectiva de los servicios públicos y subraya la responsabilidad de las autoridades locales en el cumplimiento de las órdenes judiciales, con el fin de proteger el derecho colectivo de la comunidad.