Ante la Sala Plena del Consejo de Estado fue radicada una demanda de nulidad contra un apartado del decreto 2520 de 1993, que establece los estatutos del Banco de la República.

El recurso cuestiona específicamente el artículo que define el quórum y el sistema de votación de la junta directiva, al considerar que limita su funcionamiento al exigir la presencia del Ministro de Hacienda y Crédito Público.

“la junta directiva solamente podrá sesionar, deliberar y decidir con la asistencia de por lo menos cinco de sus miembros, uno de los cuales deberá ser el Ministro de Hacienda y Crédito Público, quien la presidirá”.

La demanda pone en discusión la obligación normativa de convocatoria y presencia ministerial frente a la capacidad operativa de la junta directiva.

El caso será valorado por la Sala Plena del Consejo de Estado, que deberá resolver si el precepto impugnado vulnera normas superiores o principios relativos al régimen del banco central.