El Juzgado Primero Civil del Circuito de Bello admitió una acción de tutela contra el plan oficial de sacrificar 80 hipopótamos en el Magdalena Medio, pero negó la suspensión inmediata del procedimiento y otorgó 48 horas a las entidades demandadas para justificar la decisión.
Andrés Felipe Alzate Builes contra el Ministerio de Ambiente, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la Presidencia de la República y cuatro corporaciones autónomas regionales.El proceso se presentó sin representación de abogado. El juez Alexis Fernando Pulgarín Baena vinculó de oficio a las corporaciones autónomas regionales Cornare, Corantioquia, Corpoboyacá y la Corporación Autónoma Regional de Santander (CAS), que no fueron identificadas por el accionante en el escrito original.
En la tutela se alegaron presuntas vulneraciones al debido proceso, al derecho a un ambiente sano, a la protección de la biodiversidad y a los principios de bienestar animal.
"los animales son seres sintientes" con un valor propio "independiente de su utilidad para el ser humano"
El demandante solicitó, entre otras medidas, la suspensión de cualquier sacrificio y la implementación de métodos no letales. Pedía además garantizar la participación de expertos y universidades en la toma de decisiones y establecer mecanismos de transparencia durante el procedimiento.
- Anticoncepción
- Esterilización
- Traslado
El juez consideró que no existe "evidencia de un perjuicio irremediable que requiera la intervención urgente del juez constitucional", por lo que rechazó la solicitud de medida provisional.
Sin embargo, el despacho ordenó a las entidades demandadas presentar en 48 horas las justificaciones y el soporte técnico que motivaron la decisión administrativa sobre el manejo de la población de hipopótamos.
La tutela busca, en esencia, detener el procedimiento administrativo que autorizó el sacrificio y promover alternativas que prioricen métodos no letales y la participación técnica y pública en las decisiones sobre la fauna en el Magdalena Medio.





