El Consejo de Estado suspendió provisionalmente dos normas del Decreto 802 del 23 de julio de 2026, que regulaban las condiciones para trasladar recursos a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd) en el marco de la declaratoria de desastre nacional por el Fenómeno de El Niño.

La medida cautelar de urgencia fue adoptada dentro de una demanda de nulidad simple contra el decreto y recae sobre el parágrafo del artículo 4 y el inciso 2 del artículo 5 de la norma.

Para el despacho ponente, el Gobierno se excedió en sus atribuciones al regular una materia que corresponde de forma exclusiva al Congreso, al introducir facultades que no derivan de una autorización legal clara.

Según la providencia, las disposiciones suspendidas fueron más allá de reglamentar el uso de recursos ya autorizados por la ley, pues le dieron al Ministerio de Hacienda la facultad de alterar, mediante «traslados indeterminados», la distribución del presupuesto que el propio Congreso había fijado en la Ley Anual de Presupuesto de 2026.

La suspensión es de carácter provisional y opera como medida cautelar en el marco del proceso de nulidad. No implica, por sí misma, una decisión de fondo sobre la validez definitiva de las disposiciones impugnadas.

La decisión limita temporalmente la capacidad del Ejecutivo para reordenar partidas aprobadas por el legislativo y plantea un debate sobre los límites del poder reglamentario en situaciones de emergencia, como la declaratoria por el Fenómeno de El Niño.